Servicios para los Socios de la Mutual

Emergencias Médicas
El Servicio consiste en la asistencia médica y de ambulancia ante emergencias.

Se enviará un médico al domicilio del Asociado con el objeto de brindar asistencia médica.Las visitas médicas domiciliarias en otras circunstancias o por médicos o enfermeras distintos a los autorizados por el Prestador del Servicio, no están cubiertas y el Prestador no se responsabiliza por los servicios médicos contratados directamente por el Beneficiario o terceros. El Prestador sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, mas no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

El Servicio comprende tres situaciones concretas:

- Código verde: servicio de atención médica y servicio a domicilio sin cargo.

- Código amarillo: provisión de ambulancia y un equipo médico de emergencia para aquellas situaciones que implican un traslado sanitario en los casos en los que los síntomas comprometen enfermedad.

- Código rojo: provisión de ambulancia y un equipo médico de emergencia para aquellas situaciones que implican un traslado sanitario en los casos en los que los síntomas comprometen riesgo de vida.

El presente servicio se prestará con un COPAGO DE $15 POR EVENTO, HASTA 6 EVENTOS AL AÑO Y NO MÁS DE 1 EVENTO AL MES.

Condiciones de uso

Con el fin que el Asociado pueda disfrutar de los servicios contemplados, el mismo deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

Abstenerse de realizar gastos o arreglos sin haber consultado previamente con el Prestador. Es decir, cuando por alguna circunstancia el Asociado realice cualquier tipo de gasto o arreglo deberá solicitar autorización al Prestador a fin de no realizar gastos innecesarios o gastos no restituibles posteriormente.

Dar aviso oportuno a la Mutual del cambio de residencia permanente del Asociado.

Identificarse como Asociado ante los representantes del Prestador o ante las personas que esta última compañía contrate con el propósito de prestar los servicios contemplados en estas condiciones generales.

Cómo utilizar el servicio

En caso de que un Asociado requiera de los servicios contemplados, se procederá de la siguiente forma:

El Asociado que requiera del servicio se comunicará con el Prestador a los números telefónicos especificados en estas condiciones generales.

El Asociado procederá a suministrarle al representante de el Prestador que atienda la llamada respectiva, los datos necesarios para identificarlo como Asociado, así como los demás datos que sean necesarios con el fin de poder prestar el servicio solicitado, tales como la ubicación exacta del Asociado ; un número telefónico en el cual localizarlo; descripción por parte del Asociado del problema que sufre, el tipo de ayuda que precise en relación a dicho inconveniente por el cual se solicite un servicio. Al momento de recibir al prestador el Asociado deberá mostrar una identificación con fotografía.

Queda entendido que el personal de el Prestador únicamente prestará los servicios contemplados en estas Condiciones Generales, a las personas que figuren como Asociados en la última lista de Asociados activos de Mutual Amuf.

Una vez cumplidos todos los requisitos indicados, el Prestador le prestará al Asociado los servicios solicitados a los cuales tenga derecho de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones de estas Condiciones Generales.

En caso de que el Asociado no cumpla adecuadamente con los requisitos indicados, el Prestador no asumirá responsabilidad ni gasto alguno relacionado con la no-prestación de los servicios relacionados con estas Condiciones Generales.

Queda entendido que el Prestador podrá prestar los servicios en forma directa, o a través de terceros con quienes dicha compañía contrate, bajo su responsabilidad. Esto implica total indemnidad respecto de Mutual Amuf ante cualquier eventual reclamo por parte de dependientes, terceros que el Prestador pudiera contratar, o de los Asociados.

Contacto: para utilizar este Servicio, los Asociados deberán comunicarse con el Centro de Atención AMUF, al 0810-220-0201 todos los días de durante las 24 hs.

Descuento en Farmacias

El Servicio consiste en el otorgamiento de un descuento del 40% sobre medicamentos recetados en farmacias de todo el país que pertenezcan a la red de comercios adheridos, o del reintegro del 40% del valor de la factura para los casos en que la farmacia no pertenezca a la red.

Cuando el Asociado requiera hacer uso del descuento mencionado, debe comunicarse con el Prestador a los números telefónicos asignados, para que este le informe la farmacia adherida más cercana a su residencia permanente o al lugar dónde este se encuentre. En todos los casos el Asociado debe llamar al Prestador para autorizar la receta sobre la cual operará el descuento.- El Asociado deberá presentar en todos los casos el DNI. No es preciso que el beneficiario concurra a la farmacia, puede hacerlo en su nombre cualquier persona que presente la documentación indicada. Serán recetarios válidos aquellos que fueren emitidos por profesionales particulares o instituciones médicas y debe figurar de puño y letra del profesional y con la misma tinta el Nombre y Apellido del Paciente (titular de la asistencia).

La receta tendrá validez desde el día de la prescripción hasta los 30 días siguientes. El descuento no es válido si el medicamento tuviese descuento a través de la obra social o prepaga del beneficiario.

Topes de cobertura:

- Límites de cantidades: Sin tratamiento prolongado

- Renglones por receta: Hasta 3 (tres)

- Envases por renglón: Hasta 1 (uno)

Los descuentos mencionados se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el Manual Farmacéutico o similares, con excepción de lo siguiente:

  • Accesorios (material de curaciones, descartable, tiras reactivas, etc.);
  • Agentes Inmunosupresores;
  • Agentes para contraste radiológico;
  • Dentífricos;
  • Derivados de la sangre y Eritropoyetina;
  • Droga Orlistat (Ej.: Xenical o productos de próxima aparición);
  • Droga Riluzol (Ej.: Rilutek o productos de próxima aparición;
  • Droga Sildenafil (Ej.: Viagra, Sildefil, Lumix o productos de próxima aparición);
  • Drogas Oncohematológicas (ej.: Leucomax, Neupogen, factores estimulantes de colonias).
  • Drogas utilizadas en el tratamiento del sida;
  • Elementos fijadores y de limpieza de prótesis dentales, pastas, polvos e h. dental;
  • Fórmulas magistrales, flores de Bach y herboristería;
  • Interferones;
  • Productos de perfumería, cosmética y dermatocosmética;
  • Productos de uso exclusivo en internación;
  • Productos de venta libre;
  • Productos dietéticos, alimenticios y leches;
  • Productos para quimioterapia antineoplásica (oncológicos);
  • Productos que actúan sobre el crecimiento. (Hormona de crecimiento y anabólicos);
  • Productos que regulan la natalidad. (Anticonceptivo orales, locales y productos para tratamiento de la esterilidad);
  • Productos sin troquel;
  • Soluciones parenterales de pequeño y gran volumen;
  • Sueros y vacunas.

Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el Asociado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta. No se realizarán reintegros sin autorización del Prestador; el Asociado debe abstenerse de incurrir en gastos en farmacias no autorizadas por el Prestador.

El beneficio del 40% de descuento no es acumulativo a cualquier otro descuento relacionado con las obras sociales, prepagas, etc. El descuento no opera sobre drogas genéricas.

El presente servicio se prestará CON UN LÍMITE DE $100 (CIEN PESOS) POR RECETA Y HASTA 6 EVENTOS POR AÑO Y NO MAS DE UNA RECETA POR MES.

Contacto: para utilizar este Servicio, los Asociados deberán comunicarse con el Centro de Atención AMUF, al 0810-220-0201 todos los días de durante las 24 hs.

Asistencia Médica Telefónica

En caso que el Asociado requiera que se le resuelva alguna consulta médica vía telefónica, se pondrá a disposición un médico que responderá todas sus inquietudes, le prestará asesoría preliminar y/o indicaciones médicas de primera necesidad.

El servicio podrá ser utilizado por el titular y su grupo familiar (esposo/a e hijos menores de 18 años convivientes).

El servicio incluye:

- Consultas sobre urgencias médicas y primeros auxilios, Orientación sobre medicación, Orientación materno-infantil, Recomendaciones higiénico-dietéticas, Opinión sobre recursos y métodos de repatriación,

- Consulta sobre evolución de distintos tratamientos, Valoración de la necesidad de consulta a especialistas, Conexión con servicios de urgencias y emergencias médicas, Información sobre los centros de la red médica pública y privada, Envío de medicamentos, Envío de ambulancias programadas, Información sobre farmacias.

La prestación del servicio se realiza durante las 24 horas y se presta SIN MONTO DE EVENTOS Y EVENTOS POR AÑO.

Contacto: Para utilizar este Servicio, los Asociados deberán comunicarse con el Centro de Atención AMUF, al 0810-220-0201 todos los días de durante las 24 hs.

Asistencia al Hogar

El Servicio consiste en la asistencia inmediata y durante las 24 hs. ante cualquier urgencia producida en el ámbito del hogar y soluciones para el mantenimiento del mismo, en cuestiones vinculadas con: electricidad, plomería, destapaciones, cristales, gas, y cerrajería.

Se considera urgencia domiciliaria el evento que surgiere como consecuencia de una pérdida, rotura o desperfecto en las instalaciones fijas y a la vista del domicilio declarado por el Asociado, de tal magnitud que se vea afectada la seguridad y el buen funcionamiento de la vivienda, por lo cual se vuelve indispensable su urgente solución o reparación.

Los servicios de urgencia domiciliaria son exclusivos para el domicilio que el Asociado declaró a Mutual Amuf y serán a cargo del Prestador, de acuerdo con los alcances y limitaciones que se detallan a continuación.

Para solicitar el Servicio, el Asociado se deberá comunicar con el Prestador e informar: Apellido y Nombre, Nro. de DNI, Nro. de Asociado, Domicilio declarado, teléfono y problema. El proveedor del Servicio enviará al domicilio declarado un prestador especializado para solucionar el problema. El prestador realizará un presupuesto y solo llevará a cabo la prestación del Servicio si el Asociado acepta dicho presupuesto.

En caso que el proveedor no tenga disponibles prestadores especializados, se prestará el Servicio a través de la modalidad de reintegro. Todo reintegro debe ser previa y expresamente autorizado por la Central de Asistencias del Prestador.

En el caso de que los costos de una prestación superen el tope de gastos que las presentes condiciones generales fijan para cada prestación, el excedente estará a cargo del Asociado. Previo al comienzo de la prestación de los servicios, el Asociado deberá haber aceptado el presupuesto elaborado por el prestador designado por el proveedor del Servicio. En caso de que el Asociado no acepte el presupuesto, el Prestador quedará eximido de prestar servicio alguno y sólo se prestará el Servicio a través de la modalidad de reintegro.

Plomería:

Serán consideradas como urgencias las pérdidas de agua producidas por avería o rotura de cañerías a la vista, conexiones externas de agua y llaves de paso que provoquen inundación total o parcial en domicilio declarado. Asimismo se cubrirán las destapaciones de cañerías cloacales del mismo.

Los gastos de traslado y mano de obra del prestador serán a cargo de el Prestador hasta un máximo de $ 800 (pesos ochocientos) por evento y 3 eventos por año. Los gastos de materiales y/o repuestos, si los hubiere, serán a cargo del Asociado.

Se excluyen de la presente cobertura de urgencia:

- La reparación de artefactos sanitarios, de cocina y electrodomésticos, conectados a las cañerías de agua de la vivienda.

- La reparación y/o cambio de griferías.

- Destapaciones de cañerías pluviales.

Electricidad:

Serán considerados como urgencias los cortes en el suministro de energía eléctrica total o parcial provocados por cortocircuito dentro de la vivienda. En todos los casos, se procederá a la localización de la falla para el restablecimiento parcial o total de la energía, de acuerdo a las posibilidades que brinde el estado de la instalación eléctrica del domicilio.

Los gastos de traslado y mano de obra del prestador serán a cargo de el Prestador hasta un máximo de $ 800 (pesos ochocientos) por evento y 3 eventos por año. Los gastos de materiales, cables, llaves y/o repuestos, si los hubiere, serán a cargo del Asociado.

Se excluyen de la presente cobertura:

- Los cortes de energía producidos por las compañías eléctricas.

- La reparación de instrumentos y artefactos que funcionen por suministro eléctrico.

- Las situaciones que deriven de deficiencias en la instalación eléctrica general de la vivienda.

Gas:

Serán consideradas como urgencias las fugas o escapes de gas de instalaciones externas o a la vista, conexiones externas de gas y llaves de paso. Sólo se realizarán reparaciones y/o modificaciones en la instalación de gas bajo las normas vigentes determinadas por las autoridades y/o entes reguladores competentes.

Los gastos de traslado y mano de obra del prestador serán a cargo de el Prestador hasta un máximo de $ 800 (pesos ochocientos) por evento y 3 eventos por año. Los gastos de materiales, si los hubiere, serán a cargo del Asociado.

Se excluyen de la cobertura:

- Las reparaciones de artefactos que funcionen a gas.

- Escapes de gas en instalaciones clandestinas y/o fuera de los alcances de las normas vigentes dictadas por autoridad competente.

Cerrajería:

Serán consideradas como urgencia las siguientes situaciones:

Los casos en que sea imposible el ingreso ó egreso del domicilio, debido a:

 I. que la única puerta de acceso a la vivienda tenga trabada la cerradura,

 II. hurto, robo o extravío de llaves de la vivienda no habiendo disponible un juego duplicado de repuesto.

Los casos en que por bloqueo de cerradura quede encerrada una persona dentro de un ambiente de la vivienda.

Los casos de robo o intento de robo al domicilio, y que como consecuencia del mismo quede inutilizada la cerradura de acceso a la vivienda.

Para los ítems a) y b), los gastos de traslado y mano de obra del prestador, serán a cargo de el Prestador hasta un máximo de $ 800 (pesos ochocientos) por evento y 3 eventos por año. Los gastos de materiales y/o repuestos si fueran necesarios, serán a cargo del beneficiario. En estos ítems, el prestador realizará, de ser posible técnicamente, la apertura de la puerta para que el ó los beneficiario/s pueda/n ingresar a la vivienda o salir del ambiente bloqueado.

Para la situación descripta en el ítem c), los gastos de traslado, mano de obra y materiales, serán a cargo de el Prestador, hasta un máximo de $ 800 (pesos ochocientos) por evento y 3 eventos por año.

Para proceder a brindar los servicios de cerrajería del hogar, será condición necesaria por razones de seguridad, que el Asociado exhiba su documento de identidad al prestador enviado por el proveedor del Servicio.

La apertura y/o reparación de cerraduras y/o sistemas de aberturas eléctricos quedará sujeta a disponibilidad de prestadores según la zona donde se ocasione el inconveniente.

Se excluyen de la cobertura la apertura y/o reparación de cerraduras de seguridad tipo “Panzer”.

Cristales:

En caso de roturas accidentales de cristales y/o vidrios verticales de puertas y ventanas que formen parte del cerramiento exterior de la vivienda, que impliquen inseguridad y/o desprotección para la vivienda, el Prestador procederá a la reposición e instalación de otros en su reemplazo del mismo tipo y calidad.

Los gastos de traslado y mano de obra del prestador, como así también los materiales y cristales, serán a cargo de el Prestador hasta un máximo de $ 800 (pesos ochocientos) por evento y 3 eventos por año.

Se excluyen de la cobertura:

- Las rayaduras, incisiones, hendiduras u otros daños menores.

- Los hechos no accidentales y provocados por el ó los beneficiario/s en forma intencional, cualquiera sea la razón que motive el hecho.

Destapaciones:

Se cubrirán las destapaciones de las cañerías cloacales propias hasta la red de la empresa prestadora del servicio hasta el tope máximo de Pesos Cuatrocientos ($400) por evento.

El Servicio comprende otros beneficios adicionales:

- Servicio de información de prestadores de referencia: el Asociado podrá solicitar al Prestador información acerca de los números telefónicos de prestadores de trabajos programados en los rubros de electricidad, plomería, gas, destapaciones, cerrajería, vidriería, pintura, herrería, albañilería, seguridad, entre otros.

- Servicio de transmisión de mensajes urgentes: a pedido del Asociado el Prestador se encargará de transmitir mensajes relacionados a uno o más eventos detallados en estas condiciones generales, a una o más personas residentes en Argentina y por él especificadas.

Exclusiones: Roturas, pérdidas, desperfectos u otros que correspondan a partes comunes de un inmueble sujeto al régimen de propiedad horizontal. En estos casos, el Prestador se limitará exclusivamente a informar al beneficiario acerca de la naturaleza de la avería, rotura o desperfecto. El Prestador no cubrirá los daños provocados por hechos tales como actos de sabotaje, motín, huelga, conflicto armado, rebelión, sedición, fenómenos de la naturaleza tales como granizo, temblores de tierra, inundación, aluvión, tornado u otros.

Contacto: para acceder a la utilización de este Servicio, el Asociado deberá comunicarse con el Centro de Atención AMUF, al 0810-220-0201 todos los días de durante las 24 hs.

Proveeduria Online

El Servicio consiste en la posibilidad de acceder sin cargo  a una plataforma de comercio on-line donde el Asociado podrá realizar la compra de diferentes productos en condiciones especiales. 

El Asociado podrá adquirir productos de las siguientes categorías: TV, Video, Electro-Cocina, Cámaras, Aire acondicionado, Lavarropas, Heladeras.

Dichos productos podrán pagarse de forma preferencial a través de depósito bancario, tarjeta de crédito (Mercado Pago) o adquiriendo un préstamo personal con la Mutual.  Los productos podrán ser recibidos en el domicilio del Asociado o en la oficina de atención más cercana a su domicilio. Consultar costos de los envíos según localidad en la página de la Proveeduría.

Para utilizar el Servicio el Asociado deberá ingresar al sitio web de Mutual Amuf www.beneficios.mutualamuf.com.ar y hacer clic en el banner que lo llevará a la Proveeduría. Una vez  en la plataforma, se deberá registrar en el sitio para poder comprar un producto.

Contacto: para utilizar este Servicio y conocer todos los productos disponibles, los Asociados deberán ingresar a la Proveeduría haciendo clic aquí 

Descuentos en Comercios

El Servicio consiste en la obtención de descuentos, promociones y beneficios en una importante red de comercios de todo el país.

El programa de beneficios  es de alcance nacional y cuenta con convenios comerciales que brindan descuentos y promociones especiales en comercios de diferentes rubros como Indumentaria, Salud, Turismo, Hogar y Decoración, Informática, entre otros. 

Para conocer los beneficios y los comercios adheridos, los Asociados deberán ingresar al Portal de Beneficios a través del sitio web de Mutual Amug www.beneficios.mutualamuf.com.ar y hacer clic en el banner de Descuentos. Los beneficios están organizados en diferentes categorías para mejorar la búsqueda según la localidad y los intereses de cada persona. 

El Asociado deberá registrarse en el sitio (crear un usuario) para descargar el cupón de descuento que desee y presentarlo en el comercio correspondiente.

Contacto: Para consultar qué comercios están adheridos a la red, ingresar a la plataforma de Beneficios haciendo clic aquí 

Gestión de Préstamos

A través de Unión Federal, el Asociado puede acceder a diversas líneas de préstamos personales, en base a los convenios de colaboración que nuestra mutual ha celebrado con distintas entidades financieras y crediticias. 

Mayor información hacer clic aquí. 

Contacto: para mayor información el Ascoiado deberá comunicarse con el Centro de Atención AMUF, al 0810-220-0201 o hacer clic aquí.

Para utilizar los Servicios de Emergencias Médicas, Descuento en Farmacias y Asistencia al hogar comunicate al Centro de Atención AMUF, al 0810-220-0201 todos los días de durante las 24 hs.

Para utilizar el resto de los servicios comunicate con el Centro de Atención AMUF al 0810-220-0201 de lunes a viernes de 9 a 18 hs.